La siniestralidad laboral deja 193.946 accidentes en los cuatro primeros meses de 2026, un 2,2% más que el año anterior

El mes de abril de 2026, con la siniestralidad laboral al alza, consolida esta problemática como una emergencia social que no debemos pasar por alto ni dejar de denunciar.

Los datos oficiales en cuanto a siniestralidad laboral del acumulado enero-abril de 2026 reflejan una situación alarmante:

  • 193.946 accidentes con baja, un 2,2% más que en el mismo periodo del año anterior. De éstos, se produjeron 165.495 en jornada de trabajo (+1,7%) y 28.451, in itínere (+5,6%);
  • 165.245 accidentes sin baja, un 1,9% menos;
  • las víctimas mortales totales alcanzaron las 231 (190, en jornada y 41, in itínere), con los mortales en jornada distribuidos en 181 varones y 9 mujeres;
  • los accidentes graves sumaron 1.364 (1.101 en jornada y 263 in itínere), mientras que los accidentes leves en jornada ascendieron a 164.204.

Siniestralidad laboral 2026: situación profesional, sexo, sector y región

Por situación profesional, los asalariados sufrieron 157.452 accidentes en jornada (930 graves, 172 mortales) y los trabajadores por cuenta propia, 8.043 accidentes en jornada (171 graves, 18 mortales). Los autónomos han aumentado sus fallecidos en jornada de 11 en 2025 a 18 en 2026, todos ellos varones.

En cuanto al sexo de la persona trabajadora afectada, el 70% de los accidentes en jornada fueron de varones y el 30%, de mujeres. Suponen un incremento acumulado del 1,1% para los varones asalariados y del 3,7% para las mujeres asalariadas. Por otro ladoLos accidentes in itinere impactan mayoritariamente a mujeres (55%), una brecha de género que la norma sigue sin abordar de manera específica. Las exigencias de conciliación, la falta de planes de movilidad con perspectiva de género y la presión de la doble jornada convierten el trayecto al trabajo en un factor de riesgo sistemáticamente infravalorado.

Por sectores, la construcción sigue siendo el de mayor índice de incidencia con 540,2 accidentes por cada 100.000 trabajadores al mes, y una tasa de mortalidad de 1,15 por 100.000, la más alta. Además, las caídas en altura y los atrapamientos se multiplicaron durante la ola de calor y los episodios de viento. La industria manufacturera acumuló el mayor número absoluto de accidentes en jornada (29.530), seguida de construcción (22.113) y comercio (18.616). En el campo, la recolección temprana a 30 °C sin descansos ni adaptación de horarios provocó golpes de calor, desvanecimientos y atrapamientos por maquinaria.

Por comunidades autónomas, Andalucía registra el mayor número de accidentes en jornada (27.901) y también el mayor número de fallecidos en jornada (40). Le sigue Cataluña (26.690 accidentes y 27 fallecidos) y Madrid (22.598 accidentes y 20 fallecidos). En el extremo opuesto, Ceuta y Melilla presentaron cero fallecidos. La reforma legal, si bien incorpora la perspectiva de género, sigue sin desarrollar herramientas vinculantes de evaluación.

El calor ya golpea a la salud laboral desde abril

La Agencia Estatal de Meteorología ha certificado lo que ya pensábamos: abril de 2026 ha sido un mes especialmente cálido, de hecho, ha sido el más cálido desde 1961. En este mismo contexto, la Estadística de Accidentes de Trabajo revela un incremento del 2,2% en los accidentes con baja respecto a abril de 2025. Dos hechos que, si separados ya son llamativos, al analizarlos en conjunto, nos sirven para entender que el sistema preventivo español es un modelo fallido y que sigue tratando de forma laxa a las empresas que omiten su deber de protección de manera sistemática.

Ya sabemos que el estrés térmico dispara los accidentes un 17,4%. Pero a ello, debemos sumarle episodios de vientos extremos que derribaron andamios y ramas, y una intensa dispersión de polen y polvo que agravó patologías respiratorias, derivadas directamente al INSS y ocultas bajo el epígrafe de “enfermedad común”.

¿Qué dice la norma y qué hacen las empresas?

Desde la perspectiva empresarial, el calendario tradicional ha marcado los protocolos de calor para junio o julio. La reforma del Acuerdo Laboral de Hostelería (ALEH) que obliga a cerrar terrazas ante alertas extremas, y el nuevo permiso retribuido de hasta 4 días ante eventos climáticos adversos son avances normativos.

Sin embargo, la práctica mayoritaria sigue siendo la inacción priorizando el beneficio económico sobre la salud. No se adelantan las evaluaciones de riesgo térmico, no se modifican las jornadas ni se habilitan pausas a la sombra en abril, a pesar de que el termómetro ya supera los umbrales de alerta.

La futura Ley de Prevención de Riesgos Laborales incluye el cambio climático como condición de trabajo, pero mantiene la paralización de la actividad sujeta a la “apreciación empresarial del riesgo” (artículo 21 LPRP). Entonces, ¿por qué no se prohíben automáticamente los trabajos al aire libre cuando la AEMET declara alerta naranja o roja? ¿Puede una empresa esperar a julio para protegernos del calor cuando el mercurio ya alcanza los 30 °C el 6 de abril en Asturias? ¿De qué sirve el permiso retribuido si la persona trabajadora debe solicitarlo por su cuenta, a menudo sin conocerlo, y la empresa no paraliza preventivamente?

En abril, el cuerpo humano no está aclimatado al estrés térmico del verano. La deshidratación y la fatiga térmica disparan los accidentes. La ciencia y la medicina ya lo saben: el calor extremo altera el sueño y la capacidad de conducción. Ahora le toca saberlo a las empresas y tomar medidas.

¿Qué exigimos desde USO para proteger la salud de las personas trabajadoras?

Ante este escenario, la respuesta de USO es clara y exigimos, como ya lo hicimos saber al Gobierno en nuestras alegaciones a la reforma de la LPRL:

  1. Paralización automática con alerta naranja o roja de AEMET (artículo 21 LPRL), sin esperar a que la empresa decida.
  2. Encuestas anónimas de clima laboral con participación mínima del 75% de la plantilla, para que los riesgos psicosociales dejen de ser papel mojado.
  3. Actualizar el cuadro de enfermedades profesionales (RD 1299/2006): el estrés, el burnout y las patologías respiratorias por clima deben ser contingencia profesional, no común.
  4. Evaluar la doble carga y los desplazamientos con perspectiva de género (el 55% de los in itínere son mujeres).
  5. Priorizar la prevención interna frente a los servicios ajenos (SPA), que copan el 78% de los centros.
  6. Abrir la participación sindical a todos los sindicatos con implantación suficiente, no solo a los “más representativos”.

Por último, es legítimo que las empresas busquen eficiencia y que la Administración regule con flexibilidad. Pero cuando el mes de abril bate récords de calor y los accidentes in itínere crecen un 5,6%, la conclusión es clara: el cambio climático ya no es un riesgo futuro, es una emergencia del presente. Y aquí se acaban las excusas empresariales y la flexibilidad legal. Exijamos normativa y evaluaciones de riesgo que miren el termómetro, no el calendario.